ejercicios de liquidación por egreso e indemnización por despido:
María Carolina Capretti Macci, es una ciudadana argentina, con ciudadanía legal italiana, radicada en nuestro país desde el 13 de marzo del 2008. Es titular de la cédula de identidad provisoria número 5.345.238-9, y se domicilia en la ciudad de Montevideo, en la calle San José 1287. Se encuentra casada desde 1980 con un ciudadano de nacionalidad italiana, jubilado del Ministerio de Salud de su país, y empleado en Uruguay en una empresa forestal. Tienen tres hijas: de 14, 18 y 23 años, siendo la mayor discapacitada.
El 1 de febrero del 2019 solicitó y le fue concedido el puesto de administrativa de una empresa tercerizadora de servicios, denominada ELTEX S.R.L, con una remuneración de $U 14.600 mensuales, y viáticos con rendición de cuentas por valor de $U 2.600 mensuales, en el horario de 8:00 a 12:oo hrs, de lunes a viernes. El 23 de abril del 2019 ELTEX S.R.L. modifica su contrato, pasando a ser una sociedad anónima con acciones al portador, denominándose ELTEX S.A. Carolina Capretti adquiere 20 acciones de dicha empresa, por la suma de $U 120.000.
El 30 de septiembre del 2019 Carolina presenta renuncia como empleada de la empresa. El 23 de noviembre del 2019, Carolina Capretti cede la totalidad de su paquete accionario en ELTEX S.A. a su hija de 18 años de edad.
El 2 de marzo del 2020 se presenta ante el departamento de Recursos Humanos de ELTEX S.A., y solicita el puesto de vendedora, que se le concede, comenzando a trabajar el día siguiente.
En su nuevo contrato de trabajo la empresa desea que figuren las siguientes cláusulas:
1) Su horario de trabajo será de lunes a viernes de 8:00 a 17:00 horas.
2) Percibirá los siguientes ingresos: a) jornal: $U 800; b) comisiones del 2,5% sobre la facturación de sus ventas
3) Se abonarán horas extras hasta alcanzar, con la totalidad de los ingresos computables para el IRPF, el Monto No Imponible de dicho impuesto, las horas extras excedentes a dicho tope serán abonadas en un recibo especial, y su monto no será vertido a las liquidaciones tributarias de IRPF y BPS.
4) El aguinaldo será abonado exclusivamente en base a los jornales, pero no por las comisiones, ni por ninguna otra clase de ingresos que pudiera eventualmente percibir la trabajadora, declarando bajo juramento estar en conocimiento y aceptar ésa forma de cálculo.
5) Los posibles viáticos con rendición de cuentas que debieran circunstancialmente abonarse no serán incluidos para los cálculos de licencia y salario vacacional, lo cual declarará la trabajadora aceptar.
6) La licencia deberá tomarse obligatoriamente desde el 1º al 20 de febrero, en que el sector de ventas de la empresa permanecerá cerrado, y en caso de que los días de licencia generados por la trabajadora sean inferiores a dicho período, el faltante será considerado como licencia sin goce de sueldo.
7) La trabajadora deberá ser contratada mediante un documento que garantice que al menos durante 60 días no genere derecho a indemnización por despido.
8) La trabajadora deberá declarar no encontrase embarazada al momento de ser contratada.
9) La trabajadora, conforme a lo dispuesto por el Reglamento Interno desarrollado de común acuerdo entre la patronal y el sindicato, deberá afiliarse al mismo, en un plazo no mayor a 30 días.
El 20 de junio del 2018 su esposo decide renunciar a su puesto de trabajo, y dedicarse a la actividad independiente, como paisajista, pero hasta la fecha no ha formalizado su empresa.
El 10 de octubre del 2020 Carolina presenta denuncia ante el BPS por diferencias de aportación. El 23 de noviembre del 2020 ante su negativa a realizar horas extras los días viernes, la empresa decide despedirla.
Sus ingresos han sido los siguientes:
Téngase presente que, por Convenio Colectivo, a partir del mes de junio del 2020, inclusive, el jornal correspondiente a su tarea fue fijado
en $U 894.
Se solicita:
1) calcular los ingresos nominales que debe percibir al renunciar al primer vínculo laboral con ELTEX S.A.
2) redactar el contrato de trabajo que regulará su segundo vínculo contractual con la empresa, y determinar: a) qué profesional debe redactar obligatoriamente dicho documento; b) justificar qué cláusulas solicitadas por la empresa entiende que legalmente son improcedentes.
3) calcular los ingresos que debe percibir por todo concepto al finalizar su segundo vínculo laboral con la empresa.
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