ejercicios de IRPF mediante simulador de cálculo (anticipo, multiempleo, y deducciones):

1)
Eduardo Lima se desempeña como empleado de una empresa de venta de insumos informáticos.
Los ingresos que generó en el mes de cargo han sido los siguientes:
– jornal:   $ 1.740
– ticket alimentación:   13 % sobre jornales generados    
– comisiones:   12,5% sobre facturación mensual
– viáticos con rendición de cuentas (sobre jornales generados):   $ 870
 
El funcionario tiene cuatro hijos con las siguientes edades: 26, 21, 17, 12. El primero de ellos es discapacitado. Su hija de 21 años convive con Eduardo Lima, y tiene a su cargo una niña de 4 años de edad.
La esposa de Eduardo Lima es funcionaria del Banco de Previsión Social, y deduce el 50% del ficto por hijos en su sueldo.
Teniendo en cuenta que el funcionario ha trabajado 23 jornales este mes, y ha realizado ventas por el monto de $U 267.507, calcular mediante uso del simulador de DGI, los aportes a la seguridad social, y el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas que le correspondan.
  2)
Al mes siguiente, Eduardo Lima trabaja igual cantidad de días y factura el mismo monto, pero su hijo de 17 años cumple 18, y su esposa renuncia a su puesto de trabajo, para dedicarse exclusivamente a terminar su carrera de Ingeniería.
Determinar mediante uso del simulador de DGI, los aportes a la seguridad social y el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas que corresponde le sean retenidos.
3)
Fernanda Juárez se desempeñaba como auxiliar de ventas en una zapatería, tarea que dejó hace unos meses para ingresar como funcionaria en un organismo público.
Arrendó luego mediante garantía de la Contaduría General de la Nación un apartamento por $ 22.500 mensuales.
Un par de meses atrás Fernanda se casó con Mario Holtz, quien es comerciante. No tienen hijos menores a cargo.
Fernanda percibe como funcionaria un sueldo de $ 46.045, más una prima por alimentación de $ 13.424.
¿Cómo puede hacer Fernanda para descontar del anticipo de IRPF de este mes un 6% del alquiler que paga?
Determinar mediante uso del simulador de DGI, los aportes a la seguridad social y el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas que corresponde le sean retenidos.
4)
Javier Macedo se desempeña como cobrador de un estudio jurídico-notarial-contable que brinda servicios de recuperación de activos para una empresa financiera.
Es soltero, pero vive desde hace cuatro años con su pareja, quien trabaja en la administración del mismo estudio.
Javier no tiene hijos propios, pero su pareja tiene cuatro hijos que conviven con ellos: de 22, 18, 14, y 10 años de edad, respectivamente.
El mayor de sus hijos percibe una pensión por incapacidad grave servida por el BPS, aunque nunca fue judicialmente declarado incapaz.
Dado que el sueldo de su pareja es de $U 35.650, le consultan que porcentaje del ficto por hijos a cargo les es más conveniente declarar.

 

Este mes Javier Macedo ha percibido los siguientes ingresos:   
– sueldo:    $ 32.300
– comisiones:  $ 16.257
– horas extras comunes:   $ 2.692
– horas extras especiales:   $ 337
– descansos trabajados:   $ 1.077
– prima por presentismo:   $ 3.000
– ticket alimentación:   $ 3.553
– viático con rend. cuentas:   $ 26.757
– viático forfait para el país:   $ 4.845
– anticipo aguinaldo:   $ 17.689

 

Calcular los aportes a la seguridad social, y el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas que le correspondan.
5)
A la pareja de Javier Macedo le han encargado nuevas responsabilidades en el estudio en el que trabajan, por lo cual le han aumentado su sueldo a $ 39.800.
Además, ha tomado un segundo empleo, de medio horario, en el cual le abonarán un sueldo de $ 17.500.
¿En qué empleo le sería más beneficioso declarar que aplicará el mínimo no imponible de IRPF?
¿Cómo comunica y ante quienes, la opción que tome al respecto?
¿Cuánto deberán retenerle por concepto de anticipo de IRPF en cada empleo?
¿Tendría algún efecto o responsabilidad en caso de que decida no comunicar a sus empleadores que se encuentra trabajando en otra empresa simultáneamente?
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aula: «Liquidación de Sueldos, aportes al BPS, IRPF y Nóminas»

diploma correspondiente a la capacitación de «Liquidación de Sueldos, aportes al BPS, IRPF y Nóminas»:

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