ejercicios de regímenes de  arrendamiento:

1)
Hace un par de días un inquilino de Marcelino Gadea rescindió el contrato de arrendamiento que tenía mediante garantía de depósito.
Marcelino ha decidido publicar él mismo el apartamento, para arrendarlo mediante el régimen de la LUC 19.889, sin intervención de ninguna inmobiliaria.
Su hijo Libio le comenta que al haberse construido el edificio en el año 2005, es obligatorio que obtenga de un escribano un “certificado de finca nueva”.
Respondiéndole Marcelino que de gestionar el anterior arrendamiento se encargó la Inmobiliaria BetZoar SRL, y que no le requirieron tal certificado, Libio entiende que fue un error de la inmobiliaria, y que podría generarle algún tipo de responsabilidad o inconveniente a Marcelino.
¿Qué opinión tiene usted al respecto?
  2)
Conversando sobre el mismo tema, Libio le recomienda a su padre, que, además de alquilar el apartamento mediante el régimen de la LUC 19.889, lo cual acortaría los plazos en caso de necesitar gestionar un desalojo -entre otros beneficios, como poder fijar el precio en dólares-, también podría sumar a ello la garantía de ANDA o de la Contaduría, lo cual le aseguraría el cobro mensual del alquiler, ya que tales garantías descuentan el monto del sueldo del inquilino, depositándoselo al propietario.
¿Está usted de acuerdo con las recomendaciones que Libio hace a su padre?
3)
Javier Macedo, quien se desempeña como cobrador viajero de un estudio dedicado a la recuperación de activos, enterándose que ha quedado desocupado el apartamento de Marcelino, le propone a éste alquilárselo, pero, dado que, a causa de su trabajo, con frecuencia se traslada de ciudad, le propone alquilárselo mediante garantía de depósito, pero en lugar del plazo habitual de dos años, preferiría pautar un plazo de solamente un año.
¿Cree usted que ello sería posible, sin que incurran en ninguna irregularidad?
4)
Actualmente Javier Macedo está alquilando mediante garantía de depósito una casa propiedad de Mario Holtz, en la ciudad vieja, construida a finales del siglo XIX.
En el contrato fijaron un plazo de un año, el cual se cumplió el mes pasado, pero Mario le ha informado a Javier, que, si bien por error en el contrato fijaron ése plazo, al ser el inmueble tan antiguo, se rige por el Decreto ley 14.219, por lo cual, sin importar lo que diga el contrato, legalmente él como inquilino está obligado a permanecer en el inmueble dos años mínimamente, que es lo que determina la ley de alquileres.
¿Usted qué piensa al respecto?
5)
Conversando con usted, Libio Gadea se da cuenta que en la casa que hace un par de semanas su abuela alquiló a Macarena Casalás, -habiendo actuando él como apoderado-, no se realizó inventario del inmueble.
¿Cree usted que, para seguridad, sería conveniente contactar a la inquilina para realizar un inventario?
En caso de aceptar la inquilina realizar el inventario; ¿tendría validez?
6)
Continuando con la conversación, Libio le expone que en el contrato de arrendamiento que firmaron con Macarena Casalás, solamente firmaron la última hoja del contrato, pero no firmaron los márgenes de cada una de las hojas o folios del contrato, como ha visto que usted hace en los contratos que realiza.
Preocupado, Libio le consulta qué efectos podría tener ése hecho ante la eventualidad de que la inquilina se arrepienta del arrendamiento, y pretenda anularlo por estar firmada sólo el pie de la última hoja del contrato.
7)
Javier Macedo le manifiesta que en su contrato de arrendamiento figura que debe depositarle a Mario Holtz el monto del alquiler en una tarjeta pre-paga que se identifica en el contrato.
Hace unos días Mario le envió un audio por WhatsApp a Javier, indicándole que, en lugar de depositar el alquiler en esa tarjeta, lo gire a una cuenta bancaria de propiedad de Mario, de la cual le envía también por WhatsApp una imagen con los datos necesarios.
Javier aún no ha efectuado el pago, pero, dado que en la imagen se puede ver que la cuenta bancaria es también de Mario, y resultándole más seguro depositar el alquiler en una cuenta bancaria que en una tarjeta pre-paga, le consulta a usted si cree que al no hacer el depósito en la cuenta bancaria que le indica Mario, podría estar incurriendo en alguna falta contractual, que luego pudiera perjudicarlo al querer rescindir el arrendamiento.
¿Qué le respondería usted a Javier?
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